¿Abuelos o Tíos Pagando Pensiones?
Seis claves que desconocías sobre la responsabilidad familiar en Ecuador
Introducción: Más Allá de la Responsabilidad Paterna
Todos sabemos que los padres son los principales responsables de la pensión de alimentos de sus hijos. Pero, ¿qué sucede cuando ellos, por diversas razones, no pueden cumplir con esta obligación fundamental? La ley ecuatoriana contempla una red de seguridad basada en la «solidaridad familiar», extendiendo la responsabilidad a otros parientes bajo reglas muy estrictas. Sin embargo, esta red de seguridad no es un cheque en blanco; la ley establece un sistema riguroso para proteger tanto al menor como a los familiares que podrían ser llamados a contribuir.
1. No es un «todos contra todos»: La ley establece un orden de pago claro.
La obligación de otros familiares de pagar una pensión alimenticia es subsidiaria y sucesiva, lo que significa que no se puede demandar a todos al mismo tiempo. La ley establece una jerarquía clara y precisa para determinar quién es el siguiente responsable. El orden de pago es el siguiente:
- Los abuelos/as
- Los hermanos/as (siempre que sean mayores de 21 años)
- Los tíos/as
Esta estructura proporciona un camino legal predecible y ordenado para garantizar el bienestar del menor.
2. No es automático: Se deben probar 4 situaciones específicas.
Antes de que un juez pueda ordenar a un abuelo, hermano o tío que pague la pensión, la persona que presenta la demanda debe demostrar formalmente la incapacidad del padre o la madre para hacerlo. La ley exige que se pruebe al menos una de las siguientes cuatro situaciones respecto al obligado principal:
- Ausencia
- Impedimento
- Insuficiencia de recursos
- Discapacidad
Este requisito es una salvaguarda crucial que equilibra el derecho del menor con la protección de los familiares, previniendo el uso indebido de la ley. Además, la demanda debe fundamentarse en la convicción de que recurrir a los familiares es el único remedio posible para garantizar el sustento del menor.
3. No todos los familiares califican: Su propia situación económica y salud importan.
Aunque un pariente sea el siguiente en la línea de responsabilidad, la ley solo le obliga a pagar si cumple con dos condiciones fundamentales. El familiar debe:
- Tener la capacidad económica para hacerlo.
- No encontrarse discapacitado.
El juez analizará los recursos del familiar y regulará la proporción que deberá aportar, ya sea para completar el monto total de la pensión o para asumirla en su totalidad, sin que esto le genere una dificultad insostenible.
4. Un giro sorprendente: El familiar que paga puede exigir el reembolso a los padres.
Aquí hay un punto legal que muchos desconocen: el familiar que asume el pago de la pensión alimenticia tiene derecho a recuperar su dinero. A través de un mecanismo legal conocido como la «acción de repetición», el abuelo, hermano o tío que pagó puede demandar al padre o madre (los obligados principales) para que le reembolsen todo lo que gastó. Esto refuerza la idea de que la responsabilidad final siempre recae en los progenitores.
5. El castigo es distinto: La cárcel es una medida excepcional y no aplica para abuelos.
A diferencia de los padres, que pueden enfrentar «apremio personal» (cárcel) por el no pago, esta medida no se aplica a los abuelos. Para otros familiares como tíos o hermanos, aunque la ley no lo prohíbe explícitamente, se considera una medida excepcional y se priorizan otro tipo de sanciones. Sin embargo, esto no significa que no haya consecuencias. La ley sí permite aplicar «apremios de carácter real», que incluyen medidas como el embargo de bienes o la retención de fondos en cuentas bancarias para asegurar el pago.
6. No es un proceso automático: Se debe demandar y probar.
Es fundamental entender que un juez no ordenará a un abuelo o tío pagar la pensión por iniciativa propia («de oficio»). La persona interesada debe presentar una nueva demanda formal en contra del familiar específico. En este proceso, se debe probar no solo el incumplimiento del padre o madre, sino también el parentesco con el familiar demandado y su capacidad económica para asumir la obligación.
Conclusión: Un Vistazo Profundo a la Solidaridad Familiar
La ley ecuatoriana teje una red de seguridad para los menores, pero la rodea de salvaguardas—un orden estricto, una alta carga probatoria y el derecho a reembolso—para asegurar que la solidaridad familiar no se convierta en una carga injusta.
Sabiendo que la ley contempla esta red de seguridad, ¿cómo cambia nuestra percepción sobre la responsabilidad dentro de la familia?
Esta es una publicación con fines informativos de: austrolegal.com
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