PERJURIO Y FALSO TESTIMONIO
Perjurio y falso testimonio es un delito sancionado, consta en el articulo 270 del Código Orgánico Integral Penal (COIP) como un delito contra la tutela judicial efectiva. Por lo tanto hay que tomar en consideración que un falso testimonio o perjurio podría acarrear graves dificultades a quien pretenda cometer este acto.
PERJURIO.-
Quién miente bajo juramento, al declarar, confesar, informar o traducir ante o a autoridad competente, comete perjurio. Debemos considerar que mentir con mala intención (dolo), con ánimo de causar daño, podría ocasionar que se sancione a personas inocentes mientras tanto se podría dejar sin sanción a quienes han quebrantado la ley.
De igual forma también se sanciona como perjurio cuando se ha faltado a la verdad en declaraciones patrimoniales juramentadas o juradas hechas ante Notario Público, debido a que se estaría menoscabando la fe publica.
La sanción establecida para el delito de perjurio es de 3 a 5 años
Si el perjurio se realiza en una causa penal, hay pena privativa de libertad de 7a10 años.
FALSO TESTIMONIO.-
La persona que al declarar, confesar, informar o traducir ante o a autoridad competente, falte a la verdad sin juramento, del mismo modo comete falso testimonio. La sanción para el delito de falso juramento, es pena privativa de libertad de uno a tres años.
De igual forma, un testigo que da falso testimonio en un proceso judicial, podría hacer que el juzgador como resultado tenga una convicción equivocada a la hora de hacer una sentencia, inducido por este.
Del mismo modo si el falso testimonio se realiza en una causa penal, hay pena privativa de libertad de 5 a 7 años.
EXCEPCIÓN.-
Cabe destacar que se exceptúa la sanción de perjurio y falso testimonio, en los casos de versiones y testimonio de la o el sospechoso o de la o el procesado (acusado), tanto en la fase preprocesal, así como en el proceso penal.
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me parece importante esta forma de informar temas de derecho a fin de orientar a la sociedad
En efecto ese es nuestro fin. Gracias por comentar
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